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DESDE CAÑETE PARA EL MUNDO

miércoles, 13 de abril de 2011

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DISPONE NO RATIFICAR EN EL CARGO A VOCAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

El Consejo Nacional de la Magistratura dispuso no ratificar en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Cañete al doctor José Antonio Aguilar Angeletti.


Así lo dispone mediante Resolución N° 200-210-PCNM, publicada en Normas Legales del Diario Oficial “El Peruano” en la que se expone una serie de situaciones tomadas en cuenta en el proceso de evaluación y ratificación que habrían pesado en su contra.


En el rubro conducta muestra lo siguiente:


a.- El magistrado evaluado registra 05 denuncias, de las cuales 03 fueron declaradas infundadas y 02 improcedentes y una queja fue archivada por no haber lugar a abrir investigación preliminar.


b.- En relación a la Participación ciudadana, se ha recibido un escrito que cuestiona su conducta e idoneidad sobre hechos que datan del año 1991.


c.- Respecto a su asistencia y puntualidad, toman en cuenta un informe emitido por la Corte Superior de Justicia de Cañete que señala que incurrió en supuestas irregularidades en el cuaderno de ocurrencias referentes a que agentes transcribieron horarios diferentes a la verdadera hora de salida del trabajo.


d.- En lo que respecta al referéndum del Colegio de Abogados de Amazonas, realizado el 2002, donde fueron evaluados 39 magistrados por un total de 59 abogados a quienes se les preguntó qué magistrados no debe continuar en la carrera judicial por no haberse conducido con honestidad y respeto al público, el magistrado evaluado fue considerado en esta relación, lo que constituye un aspecto desfavorable a su actuación como magistrado de la referida corte.


De otro lado , con relación a los aspectos de idoneidad indican que al ser entrevistado se le hicieron preguntas referidas a sus conocimientos jurídicos y en especial al Derecho Administrativo y Derecho Penal, siendo sus respuestas muy limitadas e inexactas demostrando poco conocimiento en el campo del derecho.


Asimismo, señala la referida resolución que durante el periodo de evaluación ha quedado establecido que el doctor Aguilar Angeletti no ha satisfecho en forma integral las exigencias de conducta e idoneidad, que debe mostrar un magistrado; toda vez que la información consignada en su formato de datos que tiene la calidad de declaración jurada, contiene una serie de incongruencias con la información obtenida por el Consejo durante el proceso de evaluación y ratificación del magistrado evaluado, de lo cual el magistrado solo procedió a presentar las disculpas del caso , apreciándose con ello un total desinterés en la información contenida en su legajo de evaluación; asimismo no ha demostrado una capacitación y actualización sostenida, elementos objetivos que determinó la convicción unánime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de no renovar la confianza al magistrado evaluado.


Cabe añadir que el citado magistrado presentó un Recurso Extraordinario contra esta resolución la misma que fue declarada INFUNDADO mediante resolución N° 089-2011-PCM; lo que ratifica su no continuidad como Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

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